Powered By Blogger

lunes, 3 de marzo de 2014

Nuevo reglamento de multas permite descuentos de hasta 90% a empresas

El nuevo Reglamento de Multas, que entró en vigencia desde ayer primero de marzo, establece descuentos entre 50 y 90 por ciento en las multas que se le impongan a las empresas, siempre que opten por la subsanación del incumplimiento de las normas sociolaborales, informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Si la empresa infractora corrige la falta dentro del proceso de investigación que realiza el inspector laboral, podrá acogerse al 90 por ciento de descuento de la multa impuesta. Luego de emitida la Resolución de Multa sin mediar subsanación de la infracción, el empleador podrá acogerse al 70 por ciento de descuento en primera instancia mientras que en segunda instancia el descuento será del 50 por ciento. 
Cabe señalar que las multas más bajas corresponden a infracciones leves y que afectan a un reducido número de trabajadores. En cambio, las multas más altas se aplican a las infracciones graves que afectan a un gran número de trabajadores. 

El Ministerio de Trabajo informó que el objetivo del reglamento es promover el cumplimiento de los derechos del trabajador, además de considerar en su aplicación la capacidad de pago de las empresas. Los topes máximos en multas serán para casos muy graves e insubsanables tales como trabajo infantil o trabajo forzoso.

Esta nueva escala de multas toma en cuenta la situación particular de la micro y pequeña empresa, fijando montos razonables así, la sanción máxima para la microempresa será de 1.5 UITs (S/. 5,700) y para la pequeña empresa será 17 UITs (S/. 64,600). Además, se considerará que la sanción no supere la capacidad de pago de manera que la multa nunca superará el 1% del límite máximo de sus ventas anuales (150 UITs para las microempresas y 1700 UITs para las pequeñas empresas), con la finalidad de no asfixiar a dichas empresas ni sacarlas del mercado.


La tabla de multas contempla topes máximos de multas para casos calificados de muy graves e insubsanables por la afectación a derechos fundamentales, como aquellos donde se encuentre evidencia de trabajo infantil o de trabajo forzoso. En estos casos, no opera descuento alguno y las multas podrán ascender a 50 UITs para microempresas, 100 UITs para pequeñas empresas y 200 UIT para las que no son MYPES. 

Fuente : Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Inspectores del Ministerio de Trabajo . 

No hay comentarios:

Publicar un comentario